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Visados, residencia, impuestos y Seguridad Social del autónomo

Material de referencia, no es asesoramiento fiscal. Compruebe cada cifra en la Sede de la AEAT antes de firmar. Fuente en GitHub

Fecha de comprobación: 08.10.2026. Base de reglas para ciudadanos extranjeros (incluidos los ciudadanos de la Federación de Rusia) que trabajan en España como autónomo o a través de una SL, incluido el traslado entre comunidades autónomas. Los ejemplos son orientativos. Es una base de reglas para el servicio, no un dictamen sobre la admisibilidad de una solicitud concreta. La situación migratoria, la residencia fiscal, el régimen especial del art. 93 LIRPF y el régimen de Seguridad Social deben analizarse por separado.

Resumen

Situación Trabajo y territorio Régimen Beckham para el autónomo Duración habitual
Residencia para emprendedores, Ley 14/2013, arts. 69–70 Proyecto innovador real / especial interés económico para España, informe favorable de ENISA; toda España Es posible por el título propio de actividad emprendedora, no por el simple alta como autónomo. Se comprueban la relación causal con el desplazamiento, los documentos y el art. 93 Inicialmente 3 años, renovación de 2 años
Teletrabajo de carácter internacional, autónomo Trabajo profesional a distancia para empresas extranjeras; la actividad profesional en España no puede superar el 20% del total; toda España No se aplica automáticamente. La mención expresa del «visado para teletrabajo de carácter internacional» en la norma tributaria se refiere a trabajadores por cuenta ajena. Un trabajador autónomo habitual no suele cumplir los requisitos sin otro título del art. 93 Visado de hasta 1 año; residencia de hasta 3 años, después renovaciones de 2 años
Residencia temporal y trabajo por cuenta propia, régimen general La autorización inicial está limitada a una Comunidad Autónoma y a un sector; tras la renovación, toda España, cualquier sector, cuenta propia y cuenta ajena La actividad por cuenta propia habitual por sí sola no da derecho; un título adecuado distinto se comprueba de forma independiente Inicialmente 1 año, renovación de 4 años
UE/EEE/Suiza / otro derecho acreditado a trabajar sin estas limitaciones No hay límite del 20% ni vinculación a ENISA solo por la nacionalidad; las obligaciones de registro se mantienen La ciudadanía de la UE no excluye el art. 93, pero tampoco lo concede automáticamente Para ciudadanos de la UE, registro si residen más de 3 meses; tras 5 años, si se cumplen los requisitos, residencia permanente

Dos correcciones de suposiciones peligrosas: «autónomo nómada digital = régimen Beckham» es incorrecto. «Entre España y Rusia no hay convenio de Seguridad Social» también es incorrecto. El convenio existe, pero no exime del RETA a cualquier empresario individual ruso.

Reglas

  1. Redacción aplicable y procedimientos distintos. El régimen de teletrabajadores y la nueva figura de emprendedores se aplican tras la Ley 28/2022, desde el 23.12.2022. Los cambios tributarios del art. 93 se aplican desde el 01.01.2023. Para el régimen general, desde el 20.05.2025 se aplica el RD 1155/2024, no el anterior RD 557/2011. Se ha comprobado la versión consolidada del RD 1155/2024 con actualización del 22.09.2026. La fecha de concesión de la autorización anterior y las disposiciones transitorias son importantes: una tarjeta existente no cambia su plazo automáticamente. Fuentes: Ley 14/2013, Ley 28/2022, RD 1155/2024.

  2. Requisitos generales del régimen Beckham, desde el 01.01.2023. Usted debe adquirir la residencia fiscal en España como consecuencia de un desplazamiento adecuado. La AEAT exige «Que no hayan sido residentes en España durante los cinco periodos impositivos anteriores a aquel en el que se produzca su desplazamiento a territorio español». Debe tener un título previsto en el art. 93 y cumplir los demás requisitos. Para comprobar los cinco períodos, la AEAT aclara: «se toma como referencia el año de adquisición de residencia y no el año de desplazamiento». El desplazamiento debe producirse, según la AEAT, «ya sea en el primer año de aplicación del régimen o en el año anterior». Ejemplo: residencia por primera vez en 2026 → se comprueban los años 2021–2025. «Este régimen especial se aplicará durante el período impositivo en el que el contribuyente adquiera su residencia fiscal en España, y durante los cinco períodos impositivos siguientes», no durante seis años desde la fecha de la TIE. La opción se comunica normalmente mediante el Modelo 149, en el plazo de «Seis meses desde la fecha de inicio de actividad que conste en el alta en la Seguridad Social en España o en la documentación que permita, en su caso, el mantenimiento de la legislación de Seguridad Social de origen o, en caso de que no fuera obligatoria el alta en la Seguridad Social, en la fecha de inicio de la actividad que conste en un documento justificativo». La declaración anual es el Modelo 151. Obtener un nuevo visado, constituir una SL o trasladarse entre comunidades cuando la persona ya reside en España no reinicia estos plazos. Fuentes: AEAT, ámbito de aplicación, IRPF 2025, instrucciones del Modelo 149.

  3. Régimen Beckham según cada título.

    • Emprendedor: el art. 93.1.b).3.º admite «la realización en España de una actividad económica calificada como actividad emprendedora, de acuerdo con el procedimiento descrito en el artículo 70 de la Ley 14/2013». Se necesita un informe favorable de ENISA, no un nombre arbitrario de startup ni un alta ordinaria como autónomo. La AEAT se refiere a la autorización de residencia anterior al desplazamiento correspondiente. Para ciudadanos de la UE y personas con derecho de libre circulación, se exige un informe de ENISA propio anterior al desplazamiento. La posibilidad migratoria de presentar la solicitud estando ya en España no acredita por sí sola el derecho tributario al régimen.
    • Autónomo nómada digital: la presunción favorable del art. 93.1.b).1.º se refiere al «caso de trabajadores por cuenta ajena que cuenten con el visado para teletrabajo de carácter internacional previsto en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización». Los servicios profesionales del autónomo deben valorarse según títulos propios: actividad emprendedora, o la actividad de «un profesional altamente cualificado que preste servicios a empresas emergentes […] o que lleve a cabo actividades de formación, investigación, desarrollo e innovación». Para este título se comprueba, entre otros, que la remuneración represente «en conjunto más del 40 % de la totalidad de los rendimientos empresariales, profesionales y del trabajo personal». No se puede aplicar sin más el 24% a todos los trabajadores autónomos con visado de nómada digital.
    • Cuenta propia: la consultoría o el desarrollo habituales como autónomo no constituyen un título del art. 93. La excepción emprendedora u otra excepción debe acreditarse por separado. El tipo de TIE no sustituye la comprobación tributaria.
    • UE/otros: el análisis es el mismo. La nacionalidad por sí sola no es un título ni una prohibición. Para el administrador de una SL existe una vía propia del art. 93.1.b).2.º: «Como consecuencia de la adquisición de la condición de administrador de una entidad». Sin embargo, los servicios del socio de la sociedad distintos de las funciones de administrador pueden constituir una actividad económica no admitida.
    • Para todos: el art. 93.1.c) exige «Que no obtenga rentas que se calificarían como obtenidas mediante un establecimiento permanente situado en territorio español, salvo en el supuesto previsto en la letra b).3.º y 4.º de este apartado». No mezcle esta prueba tributaria con la elección del régimen de SS.

    Fuente e interpretación vigente: AEAT, requisitos del art. 93 y del art. 113 RIRPF.

  4. Nómada digital: límites de la actividad, desde el 23.12.2022. Los arts. 74 bis–ter de la Ley 14/2013 exigen el «uso exclusivo de medios y sistemas informáticos, telemáticos y de telecomunicación». Art. 74 ter.a): «La existencia de una actividad real y continuada durante al menos un año de la empresa o grupo de empresas con la que el trabajador mantiene relación laboral o profesional». En la relación profesional, exigen acreditar «que el trabajador tiene relación mercantil con una o varias empresas no localizadas en España durante, al menos, los tres últimos meses». También exigen «documentación que acredite los términos y condiciones en los que va a ejercer la actividad profesional a distancia». Cualificación: pueden solicitarlo «los profesionales cualificados que acrediten ser graduados o postgraduados de universidades de reconocido prestigio, formación profesional y escuelas de negocios de reconocido prestigio o bien con una experiencia profesional mínima de tres años». Para la solicitud inicial, conserve los contratos, las fechas de inicio, la acreditación de la actividad de los clientes y los permisos o condiciones para trabajar desde España. Los tres meses no son un requisito de antigüedad en el RETA. Tampoco exigen que cada nuevo cliente, después de la concesión de la autorización, tenga ya un historial de tres meses.

    Para la actividad profesional, la ley permite trabajar para una empresa ubicada en España «siempre y cuando el porcentaje de dicho trabajo no sea superior al 20 % del total de su actividad profesional». La actividad extranjera debe mantenerse; no se puede pasar por completo a clientes españoles. Para la actividad laboral, el titular «solo podrá trabajar para empresas radicadas fuera del territorio nacional»: el límite del 20% no se traslada a un empleador español. La ley no fija en este artículo una fórmula de «facturación en 365 días móviles». La proporción en dinero y el año móvil son indicadores útiles del servicio, no un puerto seguro establecido por la ley. Fuentes: arts. 74 bis–quinquies, UGE, Solicitudes iniciales de autorización para teletrabajadores de carácter internacional, UGE, Preguntas frecuentes. Autorizaciones de Residencia y Trabajo de Teletrabajadores Internacionales.

  5. Emprendedor: correspondencia con el proyecto, desde el 23.12.2022. Según el art. 70.2, se tienen en cuenta: a) «El perfil profesional del solicitante y su implicación en el proyecto»; b) «El plan de negocio, que englobará una descripción del proyecto, del producto o servicio que desarrolla, y su financiación, incluyendo la inversión requerida y las posibles fuentes de financiación»; c) «Los elementos que generen el valor añadido para la economía española, la innovación u oportunidades de inversión». Este artículo no fija un mínimo general obligatorio de inversión ni de puestos de trabajo creados. La financiación debe corresponder al proyecto. La actividad debe mantener de forma real las condiciones por las que se concedió la autorización. Un cambio del modelo de negocio, el cese del proyecto o su sustitución por un trabajo autónomo ordinario requieren una valoración separada, no una continuación automática de la situación. Para la renovación, la UGE describe el procedimiento para solicitar de nuevo el informe de ENISA. No considere cualquier desviación del plan como una pérdida automática de la TIE; la decisión la toma el órgano competente tras el procedimiento establecido. Fuentes: arts. 69–70, Instrucción DGM 1/2023, 03.04.2023, UGE, solicitud inicial y renovada.

  6. Cuenta propia: territorio y renovación, desde el 20.05.2025. Art. 83 RD 1155/2024: la autorización inicial «tendrá una duración de un año y se limitará a un ámbito geográfico autonómico y a un sector de actividad». Art. 85.6: «Las personas extranjeras que deseen desarrollar actividades por cuenta propia durante el primer año de concesión de autorización de forma simultánea en varias Comunidades Autónomas, y siempre en relación con el mismo sector de actividad, habrán de obtener las correspondientes autorizaciones de trabajo por cuenta propia […]». Art. 87: la autorización renovada «tendrá una vigencia de cuatro años, salvo que corresponda una autorización de residencia de larga duración, y habilitará a trabajar por cuenta ajena y por cuenta propia en cualquier parte del territorio nacional y en cualquier sector de actividad». Por tanto, el traslado de la actividad efectiva a otra Comunidad Autónoma antes de la primera renovación no puede considerarse libre solo porque ya existan NIE y alta en el RETA. Se comprueban la resolución y la necesidad de una modificación o de una autorización adicional. La dirección de un cliente en otra comunidad no equivale por sí sola a trasladar el lugar de la actividad.

    En la solicitud inicial, el art. 84 exige, entre otros requisitos, «Cumplir los requisitos que la legislación vigente exige a los nacionales para la apertura y funcionamiento de la actividad proyectada», «Poseer la cualificación profesional legalmente exigida o experiencia acreditada suficiente en el ejercicio de la actividad profesional, cuando esta lo requiera, así como en su caso la colegiación cuando así se requiera» y «Acreditar la suficiencia de la inversión prevista para la implantación del proyecto». El art. 84 del nuevo Reglamento no establece un mínimo económico universal de «100% del IPREM para cada autónomo». En la renovación, el título habitual es la continuidad de la actividad y la comprobación de impuestos y SS. También existen alternativas del art. 86.2: cuando un familiar «cumpliera con los requisitos económicos para reagrupar a la persona trabajadora», cuando se hubiera reconocido «la protección por cese de actividad», determinados casos de «trabajadores autónomos económicamente dependientes» (TRADE) y otros títulos previstos. Fuente: RD 1155/2024, arts. 83–87.

  7. Impuestos y SS en la renovación por cuenta propia. Los arts. 86.2.a) y 86.5 prevén la «comprobación de oficio del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social». «Los descubiertos en la cotización a la Seguridad Social no impedirán la renovación de la autorización, siempre que se acredite la realización habitual de la actividad». El órgano competente «pondrá en conocimiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social la situación de descubierto de cotización». Esto no supone la condonación de la deuda ni un permiso para no pagar. Un certificado negativo es una alerta y exige un análisis, no una conclusión directa de «renovación prohibida». Para nómada digital y emprendedor, la Ley 14/2013 exige mantener las condiciones. Sin embargo, el texto de la ley no establece un requisito universal propio de aportar en cada renovación precisamente el Modelo 100/151 o ambos certificados. Fuentes: art. 86, Hoja 15 - Renovación de la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta propia, actualización de mayo de 2025, art. 76 Ley 14/2013.

  8. La Seguridad Social depende del trabajo real, no del nombre del visado. Para el nómada digital con actividad profesional, la UGE exige el «compromiso de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) español una vez obtenida la autorización y antes de comenzar la actividad en España», salvo que exista una excepción válida según las normas internacionales con un certificado de legislación aplicable o de cobertura adecuado. Para el emprendedor y la cuenta propia que trabajan personalmente como autónomos, el resultado habitual también es el RETA. En una SL se analizan las funciones, el control y la participación. No se puede asignar automáticamente el RETA a todos los titulares del visado de emprendedor ni, al contrario, suprimirlo tras constituir la sociedad. Un seguro médico privado no sustituye las cotizaciones obligatorias. Puede necesitarse una acreditación separada de la cobertura sanitaria incluso con SS extranjera. El régimen Beckham no exime del RETA. Fuentes: UGE, Solicitudes iniciales de autorización para teletrabajadores de carácter internacional, DGM 1/2023, RD 1155/2024, art. 85.

  9. Rusia: existe convenio, no hay exención automática del RETA. El Convenio de Seguridad Social España–Federación de Rusia se firmó el 11.04.1994 y está en vigor desde el 22.02.1996. La regla general es la legislación del país donde se trabaja. La TGSS indica expresamente que el esquema habitual de desplazamiento temporal de hasta cinco años se refiere a trabajadores por cuenta ajena: «Los trabajadores por cuenta propia no pueden acogerse a lo dispuesto en este apartado». Los autónomos se desplazan mediante el procedimiento de «Otras excepciones», con la «conformidad por parte de la Seguridad Social de la Federación Rusa». La página de la TGSS describe el desplazamiento de España a Rusia y los documentos E/R.1 y E/R.2: no se puede declarar automáticamente que sirven para el desplazamiento en sentido contrario. Para un autónomo ruso que trabaja desde España, el pago de cotizaciones rusas, la condición de empresario individual ruso o el pasaporte ruso no son suficientes. La disponibilidad práctica y la aceptación de un certificado ruso concreto para nómadas digitales en 2026 deben considerarse UNVERIFIED hasta que lo confirmen la TGSS o la UGE. Sin un título acreditado, el servicio no debe desactivar el RETA. Fuentes: BOE, convenio y acuerdo administrativo, TGSS, desplazados Rusia.

  10. UE/«sin limitaciones» no significa ausencia de situación administrativa. Para ciudadanos de la UE/EEE, según el art. 7.1.a) RD 240/2007, tiene derecho de residencia por un período superior a tres meses quien «Es un trabajador por cuenta ajena o por cuenta propia en España». La solicitud de inscripción en el Registro Central de Extranjeros «deberá presentarse en el plazo de tres meses contados desde la fecha de entrada en España». Para un ciudadano de la UE económicamente inactivo se comprueba que disponga de «recursos suficientes para no convertirse en una carga para la asistencia social en España durante su período de residencia, así como de un seguro de enfermedad que cubra todos los riesgos en España», no el umbral del 200% del SMI del nómada digital. Un ciudadano ruso no puede elegir «UE/none» solo para desactivar las comprobaciones. Se necesita un documento o título concreto, por ejemplo la residencia de larga duración o el derecho aplicable como familiar. Las limitaciones y los plazos de ese documento se tienen en cuenta por separado. Fuentes: RD 240/2007, Orden PRE/1490/2012, recursos y acreditación de la actividad.

  11. La residencia fiscal es un contador distinto. Art. 9 LIRPF, según la AEAT: «Que permanezca en España más de 183 días durante el año natural» o «Que radique en España el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos, de forma directa o indirecta». Existe una presunción familiar que se aplica «salvo prueba en contrario». Para el cómputo «se computan sus ausencias esporádicas, salvo que acredite su residencia fiscal en otro país». Por tanto, «menos de 184 días físicos» no garantiza la no residencia. La TIE tampoco la acredita automáticamente. En caso de doble residencia se requiere un análisis separado del convenio aplicable. Fuente: AEAT, residencia personas físicas.

  12. Larga duración y nacionalidad: relojes distintos. Normalmente, para la larga duración nacional hay que «Haber residido legalmente y de forma continuada en territorio español durante los cinco años previos a la presentación de la solicitud». La continuidad no se ve afectada por «Ausencias del territorio español de hasta seis meses continuados, siempre que la suma no supere diez meses dentro de los cinco años». «Si es por motivos laborales no podrá superar el total de dieciocho meses dentro de los cinco años requeridos»; se necesita la acreditación correspondiente. La fuerza mayor se valora de forma individual. No es una concesión automática tras cinco años de antigüedad ni una regla de residencia fiscal. Para un ciudadano ruso, el plazo habitual para la nacionalidad por residencia es de diez años, salvo que exista un motivo personal de reducción. El Ministerio de Justicia exige la residencia en España «de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición». Las reglas de ausencias de la larga duración no pueden declararse límites seguros para la nacionalidad. Fuentes: Hoja 49 - Autorización de residencia de larga duración nacional, arts. 182–185 RD 1155/2024, Ministerio de Justicia, Nacionalidad española por residencia.

Cifras

Todos los importes están en euros. No mezcle el SMI mensual en 14 pagas con su equivalente anual repartido en 12 meses. Para el autónomo, la última columna es útil para compararla con doce meses de ingresos, pero la base de cálculo que utiliza el órgano debe guardarse de forma explícita.

Indicador 2025 2026
SMI mensual, nominal × 14 1 184,00 1 221,00
SMI anual 16 576,00 17 094,00
SMI anual / 12 1 381,333… 1 424,50
200% SMI mensual — titular DN / emprendedor 2 368,00 2 442,00
200% SMI anual 33 152,00 34 188,00
200% SMI anual / 12 2 762,666… 2 849,00
+75% SMI mensual — primer familiar acompañante 888,00 915,75
El mismo +75%, annual / 12 1 036,00 1 068,375
+25% SMI mensual — cada familiar acompañante adicional 296,00 305,25
El mismo +25%, annual / 12 345,333… 356,125
IPREM mensual 600,00 600,00
IPREM anual, sin / con extraordinarias 7 200,00 / 8 400,00 7 200,00 / 8 400,00
  • SMI 2025: RD 87/2025, entrada en vigor el 13.02.2025, efectos económicos desde el 01.01.2025. SMI 2026: RD 126/2026, entrada en vigor el 20.02.2026, efectos económicos desde el 01.01.2026. La retroactividad salarial del SMI no supone la anulación automática de una autorización de residencia ya concedida. La aplicación del nuevo umbral a un expediente concreto se comprueba según el procedimiento.
  • Nómada digital: la ficha de la UGE exige para el titular una «cantidad que represente mensualmente el 200% del salario mínimo interprofesional (SMI) vigente» y, para la familia, «al menos el 75% del SMI. Se requerirá un 25% del SMI por cada miembro adicional a las dos personas mencionadas». La instrucción utiliza la misma fórmula. El Consulado Buenos Aires indica expresamente: «El salario deberá ser como mínimo el 200% del SMI, es decir, € 2.442 mensuales durante 14 pagas». El Consulado Washington publica 2 442 € mensuales. Por tanto, 2 442 × 12 no puede presentarse sin salvedades como el equivalente anual del 200% del SMI. Para el presupuesto y los avisos, muestre también 34 188 €/año y 2 849 €/mes si se reparte en 12 meses. No afirme que cada órgano publica expresamente esta última cifra.
  • Emprendedor: los mismos porcentajes de 200% + 75% + 25% están establecidos en la Instrucción DGM 1/2023, apartado sobre medios económicos. Son medios para el sostenimiento del solicitante y su familia, no un mínimo de facturación de la startup ni un sustituto de la financiación del proyecto. Muestre por separado los medios personales y la inversión empresarial.
  • Solicitud inicial y renovación de nómada digital / emprendedor: el mantenimiento de medios suficientes se valora según el SMI vigente y la composición de la familia. No fije el umbral para siempre según el año de la primera autorización de residencia. Para acreditarlo, prepare los contratos vigentes, las facturas, los ingresos en la cuenta bancaria y los documentos sobre los medios legales disponibles. La posibilidad de completar un déficit de ingresos con ahorros, el cálculo de la cobertura exigida para todo el período y la interpretación bruto/neto para un autónomo concreto requieren contrastar la ficha o el consulado vigentes. No considere el saldo de la cuenta un sustituto de la actividad extranjera obligatoria del nómada digital.
  • Cuenta propia: el nuevo art. 84 exige una inversión suficiente en el proyecto concreto, no un importe único para todos. En la renovación ordinaria se exige una actividad viable que continúa y la comprobación tributaria y de SS, no un «200% del SMI obligatorio» universal. Si la renovación se basa en el sostenimiento por parte de un familiar, se aplican las reglas propias de ese título.
  • UE: para un autónomo que trabaja de forma real no existe un mínimo universal de nómada digital del 200% del SMI. Para una persona económicamente inactiva, los medios se valoran teniendo en cuenta la situación personal y familiar.
  • IPREM: la base está establecida en la Ley 31/2022, disposición adicional nonagésima. La tabla de Exteriores, IPREM 2025/2026 mantiene 600 / 7 200 / 8 400. Es un indicador de referencia para los procedimientos que lo mencionan, no un umbral automático de las cuatro situaciones. La regla no debe sustituir el SMI por el IPREM.

Qué debe hacer el servicio

Configuración general y comprobaciones

  • Separe los campos: ciudadanía, título exacto de residencia, visado o autorización, inicial/renovación, fechas de concesión, inicio y fin, número y texto de la resolución, y trabajo, territorio y sector autorizados. Por separado: régimen fiscal, fecha de la primera residencia fiscal, períodos anteriores al desplazamiento, alta en la SS y legislación de SS aplicable. Conserve el historial; no sobrescriba la situación anterior.
  • La opción «UE/otros sin limitaciones de visado» exige un título acreditado. Si el documento aún no se ha analizado, muestre «no comprobado», no un indicador verde de «puede trabajar».
  • No active el régimen Beckham según el tipo de visado. Para un autónomo nómada digital habitual, muestre «no hay título automático», recopile pruebas propias del art. 93 y el resultado del Modelo 149. Para un usuario que ya vive en España, compruebe primero los años fiscales anteriores y el plazo de la opción.
  • Lleve un calendario de entradas y salidas y tres pantallas independientes: año natural fiscal, continuidad de la residencia para la larga duración y pruebas de continuidad para la nacionalidad. No dé la recomendación «basta con pasar 183 días».
  • Al cambiar de dirección, cree tareas para el padrón, la actualización del domicilio fiscal y de las notificaciones de la AEAT, la TGSS y las comunicaciones migratorias según el procedimiento correspondiente. No equipare el cambio de dirección a un cambio automático de Comunidad Autónoma a efectos del IRPF. Conserve los días reales de residencia en cada comunidad.
  • Versione los importes de los umbrales por fuente, período, fórmula y número de pagas. Guarde el resultado sin redondear y muestre los céntimos en pantalla. Para acreditar un mínimo, no redondee a la baja. Si el importe está entre el umbral mensual nominal y el umbral annual/12, muestre «hay que comprobar el método aplicado», no una denegación o aprobación categórica.
  • Avise con antelación antes del vencimiento de un contrato, un certificado de SS, un seguro o la TIE. Un certificado de cobertura caducado no debe seguir desactivando la tarea del RETA.
  • Guarde los enlaces a las pruebas, la fecha de comprobación de la regla y el estado UNVERIFIED. La automatización puede reunir el expediente y recordar el plazo. No debe afirmar que la autorización se ha renovado o que la declaración se ha aceptado sin el resguardo o la resolución del órgano.

Autónomo nómada digital

  • Para cada cliente, guarde la denominación legal, el país de ubicación real de la contraparte, el tipo de relación profesional o laboral, el contrato y las fechas. El país del banco, la moneda, el intermediario de pago y la aplicación de la inversión del sujeto pasivo del IVA no determinan el cliente a efectos del límite del 20%.
  • Panel: proporción de la actividad en España según la facturación sin IVA, con facturas rectificativas, en los últimos 12 meses, en el año natural en curso y en el período de la autorización. Muestre por separado las facturas emitidas y los cobros reales. Si las horas o el volumen de trabajo son relevantes, consérvelos como prueba adicional. Los dividendos, la venta de bienes, los préstamos y las transferencias entre cuentas propias no aumentan el denominador de la actividad profesional.
  • Si se supera el 20% en cualquier ventana observada, aviso rojo: «riesgo de incumplimiento del art. 74 bis, se requiere análisis». Por ejemplo, 21 000 € de servicios profesionales en España sobre 100 000 € totales en el año móvil → 21%, alerta. Se puede fijar un aviso previo en el 18% como margen del producto, no como umbral jurídico. Un denominador cero o un país del cliente desconocido → «datos insuficientes», no 0%.
  • Prevea la proporción teniendo en cuenta la factura española prevista antes de emitirla. No bloquee la emisión legal de una factura por un trabajo ya realizado. Muestre opciones de consulta o de cambio de título, no consejos para ocultar al cliente español.
  • Aviso separado si desaparecen todos los contratos extranjeros, si cesa el carácter a distancia del trabajo o si aparece un contrato de trabajo español. Cambio de un contrato clave → comprobación de la comunicación a la UGE en 30 días. No convierta la regla de los tres meses en una prohibición de nuevos clientes.
  • Lista de comprobación de la solicitud inicial: empresa extranjera ≥1 año, relación adecuada ≥3 meses, titulación o experiencia, condiciones del trabajo a distancia, medios, SS y cobertura sanitaria. En la renovación, continuidad de las condiciones durante todo el período, contratos vigentes y acreditaciones económicas, no solo los tres últimos meses favorables.

Emprendedor

  • Vincule el perfil a un informe de ENISA concreto y a una versión del plan de negocio. Registre el papel del usuario, la empresa o el proyecto, las inversiones comprometidas, los resultados relevantes y la actividad real.
  • Indicadores separados: medios de la familia según el SMI; recursos económicos y financiación del proyecto; cumplimiento de las condiciones clave del plan. No interprete la pérdida de un trimestre o la falta de trabajadores como una pérdida automática de la situación.
  • Cambio del proyecto, cierre de la SL, salida del usuario del proyecto, cambio relevante de su papel → aviso para valorar si se mantiene el título y para comunicarlo a la UGE en 30 días. El informe de ENISA para la residencia y la certificación de empresa emergente son documentos distintos, no indicadores intercambiables.
  • Antes de la renovación, prepare la documentación para un nuevo informe de ENISA, una memoria de actividad, las pruebas de financiación y el presupuesto actualizado. Compruebe por separado si una nueva actividad paralela incumple el art. 93.1.c).

Cuenta propia

  • En la autorización inicial, guarde la Comunidad Autónoma y el sector autorizados según la resolución. Si se prevé trasladar la actividad a otra Comunidad Autónoma, muestre un aviso sobre la modificación o la autorización adicional. Tras la renovación confirmada por cuatro años, elimine precisamente estas limitaciones iniciales.
  • Controle el alta en el RETA, las licencias y la colegiación, la continuidad real de la actividad, las declaraciones y las deudas con la AEAT y la TGSS. Una declaración tributaria «presentada» y un impuesto «pagado» son estados distintos.
  • En caso de baja o cese de actividad, no declare automáticamente imposible la renovación. Muestre las alternativas previstas en el art. 86 y los documentos de cada una. Una deuda con la TGSS supone un riesgo alto de apremio y una comprobación, pero no una denegación automática según la norma migratoria.

UE / otro derecho sin estas limitaciones de visado

  • Desactive el límite del 20% del nómada digital, el proyecto de ENISA y la vinculación territorial de la cuenta propia inicial solo cuando realmente no sean aplicables.
  • Mantenga las comprobaciones ordinarias de IRPF, IVA y SS, el registro de la UE / el plazo de la tarjeta concreta, la comprobación del título de estancia de la persona económicamente inactiva y el análisis independiente del régimen Beckham.

Plazos

Hecho Regla / tarea
Visado de nómada digital El visado «tendrá una vigencia máxima de un año, salvo que el período de trabajo sea inferior, en cuyo caso el visado tendrá la misma vigencia que este». «En el plazo de sesenta días naturales antes de la expiración del visado» se puede solicitar la autorización de residencia, «siempre y cuando se mantengan las condiciones que generaron el derecho» (art. 74 quater)
Autorización de nómada digital «La validez de esta autorización tendrá una vigencia máxima de tres años salvo que se solicite por un período de trabajo inferior»; renovación «por períodos de dos años» (art. 74 quinquies)
Autorización de emprendedor «una vigencia de tres años» y «la renovación de la autorización de residencia por dos años» (art. 69). No use guías antiguas de «2 + 2» ni tablas web de «3 + 3» en contra del BOE
Renovación de la Ley 14/2013 Prepare el expediente con 120 días de antelación. Referencia de presentación: 60 días antes del fin, según la guía general de la UGE. «La presentación de la solicitud de renovación prorrogará la validez de la autorización hasta la resolución del procedimiento». El art. 76 también la prorroga si «la solicitud se presentara en los noventa días posteriores a la finalización de la anterior autorización, sin perjuicio de la incoación, en su caso, del correspondiente expediente sancionador». Es una ventana de emergencia, no un plazo recomendado
Cambio relevante de las condiciones de nómada digital / emprendedor «Cualquier modificación durante la residencia que afecte a las condiciones de admisión deberá ser comunicada por el interesado a la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos en el plazo de 30 días», disposición adicional séptima de la Ley 14/2013. Conserve el resguardo
Cuenta propia inicial 1 año. «En el plazo de los tres meses posteriores a la entrada legal de la persona extranjera en España, se deberá producir su afiliación, alta y posterior cotización»; el alta «dotará de eficacia a la autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta propia». La TIE se solicita «En el plazo de un mes desde el alta del trabajador en el régimen correspondiente de la Seguridad Social» (art. 85)
Cuenta propia renovación Presentar «durante los dos meses previos a la fecha de expiración de la vigencia de su autorización». Es posible «dentro de los tres meses posteriores a la fecha en que hubiera finalizado la vigencia de la anterior autorización», con riesgo de sanción. Son meses, no automáticamente 60/90 días. Renovación de 4 años. Art. 87.2: «Se entenderá que la resolución es favorable en el supuesto de que la Administración no resuelva expresamente en el plazo de tres meses desde la presentación de la solicitud», pero el servicio no debe sustituir los documentos acreditativos por su propio temporizador
TIE según la Ley 14/2013 Art. 76.2: «si la misma tuviera una vigencia superior a seis meses, se deberá solicitar la tramitación de la tarjeta de identidad de extranjero». Muestre el plazo y la cita según la resolución y el procedimiento de la Policía. No considere el visado y la TIE un mismo documento
UE Registro si se reside más de 3 meses: la solicitud «deberá presentarse en el plazo de tres meses contados desde la fecha de entrada en España» (art. 7 RD 240/2007)
Régimen Beckham Normalmente 6 meses para el Modelo 149 desde el inicio previsto en la normativa, no desde el inicio de la siguiente campaña de Renta. Calendario anual separado del Modelo 151

Fuentes de los plazos: Ley 14/2013, arts. 69, 74 quater–quinquies, 76 y DA7, guía general de la UGE sobre renovaciones, febrero de 2018, no es una lista específica de nómada digital, RD 1155/2024, arts. 85–87.

Expediente para la renovación

Distinga entre la condición prevista, la forma de acreditarla y los documentos que el órgano puede requerir adicionalmente. La siguiente lista es un expediente de preparación, no una afirmación de que cada punto sea obligatorio en todos los casos:

  • Pasaporte completo y en vigor, TIE o resolución, formulario aplicable, tasa y justificante de su pago; dirección y composición de la familia. Para los hijos, documentos de escolarización cuando proceda; el art. 86 de cuenta propia regula expresamente la escolarización.
  • Certificado de estar al corriente de obligaciones tributarias (AEAT) y Certificado de estar al corriente en las obligaciones de Seguridad Social (TGSS) recientes, o los datos para obtenerlos o comprobarlos. Detalle de la deuda y documentos de aplazamiento, si existen. Para la cuenta propia, la ley prevé obtener la información de oficio: no obligue al usuario a conseguir certificados innecesarios cuando el órgano ya los obtiene.
  • Informe de vida laboral, acreditación del alta y de los períodos en el RETA y del pago de las cotizaciones. Con cobertura extranjera: certificado válido para la actividad y el período necesarios y acreditación de su aceptación. La vida laboral no sustituye el certificado de estar al corriente.
  • Modelo 100 con el IRPF ordinario o Modelo 151 con un régimen especial válido, con los justificantes de presentación y pago; declaraciones trimestrales aplicables y alta censal. No exija como norma ambos modelos anuales del mismo año. Si aún no ha llegado el plazo de la primera declaración anual: contratos reales, facturas, extractos y otras pruebas, no una declaración ficticia.
  • Para el nómada digital: contratos extranjeros vigentes, historial de actividad de las contrapartes extranjeras, facturas y cobros, informe sobre la proporción española y sobre los medios actuales de la familia, acreditación del trabajo a distancia.
  • Para el emprendedor: documentación para la nueva valoración de ENISA, descripción de la ejecución real del plan, información financiera y pruebas de los medios personales.
  • Para la cuenta propia: prueba de la continuidad de la actividad y de las autorizaciones o cualificaciones necesarias. Si la renovación se basa en un título alternativo, documentos precisamente de ese título.
  • Certificados penales, apostilla o legalización y traducción jurada, según los requisitos del procedimiento concreto y del documento extranjero. No presuponga la obligación anual de obtener un nuevo certificado ruso sin fundamento. Para la solicitud inicial de la Ley 14/2013, compruebe por separado los certificados de los países de residencia y la declaración responsable del período anterior.

Casos límite

  • El usuario ya vive en España. Cambiar ahora a emprendedor o nómada digital no equivale a un nuevo desplazamiento a España a efectos del art. 93. Primero averigüe el primer año real de residencia, el título anterior del desplazamiento y si la opción se presentó a tiempo.
  • Traslado a otra Comunidad Autónoma. Para nómada digital y emprendedor, las autorizaciones son válidas en toda España. Si se mantienen las condiciones, no se necesita un nuevo visado por cambiar de comunidad. Para la cuenta propia inicial, compruebe el territorio de la actividad autorizada. En todos los casos se necesitan direcciones actualizadas y un análisis tributario separado de la residencia autonómica.
  • El 20% exacto es admisible según la redacción de la ley, pero un error de clasificación o unos datos incompletos pueden ocultar un exceso. No considere el 19,99% una garantía. No considere el 20% una autorización para un empleo por cuenta ajena en España.
  • Personas físicas, marketplace, agencia y SL propia. La ley habla de empresa ubicada en España. Los esquemas concretos de intermediación o de contrapartes requieren determinar la actividad profesional real. Un pago bancario español no siempre es un cliente español. Facturar a un intermediario extranjero no siempre convierte en extranjera una actividad española. En B2C y con empresas vinculadas: revisión manual, no una proporción española automáticamente nula.
  • Constituir una SL en lugar de ser autónomo no elimina las limitaciones de la autorización personal de trabajo, del RETA o del control de la sociedad, ni las del art. 93. Las funciones de administrador, los servicios profesionales de la sociedad y los dividendos se analizan por separado.
  • La pérdida del principal cliente extranjero exige valorar la continuidad de las condiciones de nómada digital y la comunicación. Sin embargo, el artículo sobre la relación de tres meses en la solicitud inicial no crea una prohibición obligatoria de tres meses para sustituir al cliente. No prometa un «período de gracia sin trabajo» universal que no figura en los artículos comprobados.
  • Las pérdidas de la startup no equivalen a la falta de medios para el sostenimiento de la familia: la inversión y los medios personales líquidos pueden diferir del beneficio. No obstante, el dinero en la cuenta no sustituye un proyecto innovador real.
  • TIE caducada con la renovación presentada. El mantenimiento de la residencia hasta la resolución y la posibilidad de cruzar la frontera son cuestiones distintas. Antes de viajar, compruebe si se necesita una autorización de regreso y los documentos del itinerario.
  • SS extranjera y seguro médico. El convenio puede no cubrir todos los riesgos. El certificado de legislación y el acceso a la asistencia sanitaria no son un mismo documento. No deduzca una exención del RETA a partir de una póliza de seguro.
  • Días de ausencia. Las reglas de la larga duración no sustituyen las condiciones de la autorización vigente. El contador fiscal no sustituye la comprobación de continuidad para la nacionalidad. La antigua afirmación de unas FAQ sobre «un máximo de seis meses fuera de España por año natural» [traducción no oficial] para el nómada digital no puede usarse como un motivo automático vigente y confirmado de extinción de la TIE.

Puntos dudosos

  1. UNVERIFIED — método único del 20%. Los arts. 74 bis–ter comprobados no definen el período de medición, el criterio de caja o de devengo ni la reducción de la «actividad profesional» exclusivamente a la facturación. Los 12 meses móviles, el año natural y el período de la autorización son pantallas de control del servicio, no tres límites jurídicos distintos. Para una estructura de contrapartes discutible o una proporción cercana al 20%, se requiere una aclaración escrita de la UGE o un análisis jurídico individual.
  2. UNVERIFIED — práctica universal de annual/12 en cada órgano. Están confirmados el SMI 2025/2026, los coeficientes y la indicación consular oficial de 14 pagas. Las formas de publicar el umbral varían. Por eso el servicio muestra ambas bases y la fuente del cálculo aplicado. En especial, no se puede usar sin comprobación 2 442 × 12 como importe anual suficiente en 2026, ni afirmar que 2 849 €/mes figura expresamente en cada ficha de la UGE.
  3. UNVERIFIED — lista exhaustiva y obligatoria de renovación de nómada digital a 08.10.2026. Las nuevas fichas de la UGE encontradas están marcadas como solicitudes iniciales. La guía general de renovaciones de 2018 es anterior al nómada digital. La lista de pruebas del mantenimiento de las condiciones está fundada en la ley. Sin embargo, la obligatoriedad de cada PDF concreto, el plazo de su vigencia, la muestra de facturas de tres meses y el uso de ahorros en una renovación concreta se comprueban según el procedimiento o el requerimiento vigente. Los documentos no deben reunirse con la etiqueta falsa de «siempre obligatorio».
  4. UNVERIFIED — exención práctica de la SS rusa para un solicitante concreto. La existencia del convenio está confirmada por el BOE y la TGSS. No están confirmados la expedición, el alcance y la aceptación del certificado para un autónomo ruso en España en 2026; hay que consultar a las autoridades competentes. No mezcle el convenio de Seguridad Social con el convenio para evitar la doble imposición ni con las noticias sobre algunas de sus disposiciones.
  5. UNVERIFIED — calificación tributaria concreta de un autónomo nómada digital atípico. La conclusión general de la AEAT es clara: el título de teletrabajo del visado en el art. 93 no es una autorización automática para un autónomo ordinario. Las funciones atípicas de administrador, los servicios a empresas emergentes, ENISA y la actividad paralela requieren una comprobación separada de los hechos. Aquí no se afirma haber encontrado una consulta vinculante concreta de la DGT que coincida con todos los hechos del usuario.
  6. UNVERIFIED — límite universal vigente de ausencia del nómada digital de «6 meses por año natural» [traducción no oficial]. En la ley comprobada no se ha encontrado ese límite especial. Los materiales de FAQ indexados actuales no permiten confirmar la redacción anterior como regla vigente. No automatice la extinción de la situación con base en ella. Confirme por separado las condiciones de la autorización concreta y compute los plazos establecidos para la larga duración.
  7. Limitaciones de la comprobación de fuentes. El BOE, la AEAT y la TGSS se han leído directamente. Una parte de los PDF de la UGE devolvía HTTP 403, y Exteriores devolvía HTTP 503 o una extracción incompleta del PDF. Los puntos correspondientes se han contrastado además con extractos indexados de documentos oficiales. Para presentar la solicitud hay que abrir el formulario o la guía vigente del órgano y comprobar la versión. Los marcadores UNVERIFIED anteriores se refieren a la laguna indicada y no anulan los plazos confirmados por la ley de 3+2 y 1+4, el límite del 20%, la existencia del convenio ni los valores del SMI.
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